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El Centro de Atención Kinésica (CAK) es un espacio docente-asistencial perteneciente a la Facultad de Salud y Ciencias Sociales de Universidad de Las Américas. Su finalidad principal es la formación profesional de estudiantes de Kinesiología mediante la atención supervisada de usuarios en el ámbito de la rehabilitación basada en la comunidad. Supone un aprendizaje práctico que contribuye al bienestar de la comunidad, bajo estándares éticos, técnicos y formativos establecidos por UDLA.

Estudiantes (Docencia)
Desarrollar competencias clínicas, éticas y profesionales en el ámbito de la rehabilitación, mediante razonamiento clínico, práctica reflexiva y atención basada en evidencia

Usuarios
Brindar atención kinesiológica gratuita a personas de la comunidad, promoviendo la funcionalidad y el autocuidado.

Institucional
Fortalecer la docencia a traves de las asignaturas con un componente práctico. Además de fomentar, mediante estos espacios formativos, una actitud de servicio y responsabilidad social universitaria.

Tipos de prestaciones o servicios ofrecidos:

Beneficiarios
Personas adultas mayores de 18 años que sufran de alteraciones músculo-esqueléticas.

Requisitos de ingreso
Derivación con orden médica correspondiente, esta debe esta vigente (no más de 6 meses desde la fecha de emisión), a su vez se le solicita al usuario algún documento que respalde su identidad, para luego firmar un consentimiento informado, donde se les explicará que la atención será realizada por estudiantes supervisadas por un profesional.

Limitaciones de atención
No se atienden urgencias médicas, ni de Kinesiología, Kinesiología Respiratoria, Patologías Neurológicas agudas, otros. El principal enfoque son las atenciones mísculo-esqueléticas

Dirección y horarios de atención

Campus La Florida

Asistente Administrativa del Centro de Atención Comunitaria

Av. Walker Martínez 1360, Santiago

Campus El Boldal
Campus Los Castaños

6 oriente n°460, entre 5 y 7 norte

Importante: Frente a la necesidad del cumplimiento de normativas, la definición debe considerar declarar que corresponden a espacios docentes-asistenciales y no constituyen en si un prestador de salud.